Sacramentos con fruto: cómo y cuándo recibir la unción según la Iglesia

En un lugar de la tierra uno de nuestros sacerdotes fue invitado por otro, un 11 de febrero –día de Nuestra Señora de Lourdes y Jornada Mundial del Enfermo– a una celebración donde se iba a administrar el sacramento de la unción de los enfermos. Junto con otro miembro de la comunidad discernían si convenía asistir o no, ya que intuían que quien los había invitado, con buena intención, pero tal vez sin el necesario discernimiento, tenía previsto administrar la unción de manera indiscriminada, es decir, prácticamente a todos los presentes sin tener en cuenta la situación concreta de cada uno.

Finalmente, y con no pocas reservas, decidieron que uno de ellos asistiera. Apenas comenzado el rito, antes de ungir a los “enfermos”, el celebrante le impartió la unción a nuestro sacerdote, un cura joven, de poco más de treinta años y perfectamente sano… No le pregunté, pero supongo que ese día no quedó absolutamente nadie sin la unción. Así están las cosas. Y aunque no sea algo que ocurra en todos lados –al menos tan “así”–, es algo bastante común que no se discierna demasiado en este tipo de cosas. Estas situaciones, que distorsionan el sentido y la dignidad de los sacramentos, nos duelen y nos lleva a escribir estas líneas, aunque no se trate de un tema “de actualidad”.

Por otra parte, la recta comprensión y administración de los sacramentos será siempre un tema importante, más allá de los tiempos que corran. Porque los sacramentos son los grandes canales de la gracia en la vida del cristiano.

Hablando de la importancia de los sacramentos, afirmaba San Pablo VI en la Evangelii Nuntiandi:

Sin embargo, nunca se insistirá bastante en el hecho de que la evangelización no se agota con la predicación y la enseñanza de una doctrina. Porque aquella debe conducir a la vida: a la vida natural a la que da un sentido nuevo gracias a las perspectivas evangélicas que le abre; a la vida sobrenatural, que no es una negación, sino purificación y elevación de la vida natural. Esta vida sobrenatural encuentra su expresión viva en los siete sacramentos y en la admirable fecundidad de gracia y santidad que contienen[1].

Por tanto, los sacramentos no son gestos antiguos y vacíos, sino canales eficaces de gracia[2], que requieren la disposición del alma y las condiciones que la Iglesia ha establecido con su sabiduría bimilenaria.

En absoluto quisiera que con estas líneas alguien tomara distancia del precioso don que es la unción de los enfermos, es decir, que nadie ceda al riesgo de retrasar indebidamente su recepción, como citaremos más abajo.

Pero, así como la Sagrada Comunión últimamente se ha desacralizado y no se hace hincapié en las disposiciones necesarias para recibirla (ser católico, estar en gracia de Dios, etc.); algo análogo ha sucedido en muchos lugares, con el sacramento de la unción.

Es cierto que antes del Concilio Vaticano II la unción se daba sólo en los últimos momentos de la vida y esto cambió; pero el cambio no ha sido a tal punto que lo pueda recibir cualquier persona sólo, por ejemplo, por tener cierta cantidad de años (aquí en España hay gente de 70 años que se las ve más saludable que quien escribe estas líneas…).

La Constitución Apostólica de San Pablo VI sobre este sacramento, citando al Concilio Vaticano II, lo expresa así:

La “extremaunción”, que puede llamarse también, y más propiamente, “unción de los enfermos”, no es solo el sacramento de quienes se encuentran en los últimos momentos de su vida. Por tanto, el tiempo oportuno para recibirlo empieza cuando el cristiano comienza a estar en peligro de muerte por enfermedad o por vejez […][3].

El Código de Derecho Canónico en su canon 1004 §1 lo especifica claramente: «La unción de los enfermos puede administrarse a los fieles que, habiendo alcanzado el uso de razón, comienzan a estar en peligro por enfermedad o vejez». Y en el §2 leemos: «Puede reiterarse este sacramento si el enfermo, una vez recobrada la salud, contrae de nuevo una enfermedad grave, o si, durante la misma enfermedad, el peligro se hace más grave».

El Código de Derecho Canónico editado por la BAC comenta al respecto, primero haciéndose eco de los cambios ya mencionados:

La condición de que la persona «empiece a estar en peligro» por enfermedad o vejez no coincide exactamente con la expresión tradicional «estar en peligro de muerte», que exige un grado mayor de gravedad.

Y en cuanto a recibir el sacramento “por vejez”, aclara:

La ancianidad no es siempre equivalente a la vejez de riesgo: se trata de un estado de debilidad física acentuada, con síntomas de desmoronamiento y achaques, comparable a los trastornos orgánicos y funcionales de una enfermedad grave (cf. OUI 11[4]). En el caso de intervención quirúrgica, cuando la causa de la operación es una enfermedad grave puede administrarse, pero nunca como simple tranquilizando psicológico (cf. OUI 10)[5].

Para mayor claridad aún, transcribimos todos los números que trae la Introducción general del ritual del sacramento de la unción de los enfermos, bajo el título “De aquellos a quienes se ha de dar la unción de los enfermos”:

  1. En la carta de Santiago se declara que la unción debe darse a los enfermos para aliviarlos y salvarlos[6]. Por lo tanto, esta santa unción debe ser conferida con todo cuidado y diligencia a los fieles que, por enfermedad o avanzada edad, ven en grave peligro su vida[7]. Para juzgar la gravedad de la enfermedad, basta con tener un dictamen prudente y probable de la misma[8], sin ninguna clase de angustia, y si fuera necesario, consultando la situación con el médico.
  2. Este sacramento puede celebrarse de nuevo en el caso de que el enfermo, tras haberlo recibido, llegara a convalecer; puede también repetirse si, en el curso de la misma enfermedad, la situación llegara a ser crítica.
  3. Puede darse la santa unción a un enfermo que va a ser operado, con tal de que una enfermedad grave sea la causa de la intervención quirúrgica.
  4. Puede darse la santa unción a los ancianos, cuyas fuerzas se debilitan seriamente, aun cuando no padezcan una enfermedad grave.
  5. Ha de darse la santa unción a los niños, a condición de que comprendan el significado de este sacramento. En la duda si han alcanzado el uso de razón, se les debe administrar el sacramento[9].
  6. Tanto en la catequesis comunitaria como en la familiar los fieles deben ser instruidos de modo que sean ellos mismos los que soliciten la unción y, llegado el tiempo oportuno de recibirla, puedan aceptarla con plena fe y devoción de espíritu, de modo que no cedan al riesgo de retrasar indebidamente el sacramento. Explíquese la naturaleza de este sacramento a todos cuantos asisten a los enfermos.
  7. Ha de darse la santa unción a aquellos enfermos que, aun habiendo perdido el uso de los sentidos y el conocimiento, cuando estaban en posesión de sus facultades lo hayan pedido al menos de manera implícita[10].
  8. El sacerdote que ha sido llamado ante un enfermo que ya ha muerto, rece por él y pida a Dios que lo absuelva de sus pecados y lo admita misericordiosamente en su reino; pero no le administre la unción. Si dudara de la certeza de la muerte, ha de darle el sacramento con el rito descrito más abajo (nn. 229-230, pp. 96s.)[11]. No se dé la unción de los enfermos a quienes persistan obstinadamente en un pecado grave manifiesto[12].

Por su parte, las Orientaciones doctrinales y pastorales del episcopado español, bajo el título “Sujetos del sacramento de la unción”, afirma:

El Ritual determina claramente quiénes son los destinatarios de la santa unción. Entre ellos, se enumera a los ancianos. Los responsables de asilos y residencias destinados a atender a personas de avanzada edad recordarán que la mayor parte de los ancianos acogidos en esas instituciones son sujeto de la unción[13].

Sin duda que esta apreciación, muy a tener en cuenta por los que trabajan con ancianos, no quita todo lo dicho más arriba acerca de que debe tratarse de ancianos «cuyas fuerzas se debilitan seriamente», a la que se puede agregar el comentario al Código que pusimos más arriba.

También agrega, que puede venir bien recordar:

Asimismo, los comatosos [personas en estado de coma] y amentes no de nacimiento son también sujetos de la unción, siempre que se pueda presumir razonablemente que la habrían solicitado si tuvieran expedito el uso de sus facultades[14].

La unción de los enfermos es, por tanto, un tesoro de la Iglesia. Pero como todo tesoro, debe ser cuidado, respetado, y no banalizado. No es un gesto decorativo, sino una gracia poderosa que fortalece al enfermo, lo une más íntimamente a Cristo y le da consuelo y salvación. Usarla bien es respetar la sabiduría de la Iglesia, honrar a Cristo y servir verdaderamente a los enfermos. A veces se confunde o se trivializa, al punto de ofrecerse sin el discernimiento necesario, como si fuese un consuelo automático más que un sacramento de salvación. Y esto es lo que tenemos que evitar.

Pidamos a María Santísima, Salud de los enfermos y Madre de la Iglesia, que nos obtenga la gracia de valorar cada sacramento como un encuentro vivo con su Hijo, y de recibirlos siempre con fe, reverencia y fruto.

 

[1] Pablo VI, Evangelii Nuntiandi, n. 47. Resaltado nuestro.

[2] Sobre la gracia, puede servir este video: La Gracia: Don Sobrenatural de Dios

[3] Concilio Vaticano II, Constitución Sacrosanctum Concilium, n. 73. Cit. en: Pablo VI, Constitución Apostólica sobre la Unción de los Enfermos, 30 de noviembre de 1972. Este y todos los demás resaltados son nuestro.

[4] Está citando la introducción general del ritual para la unción de los enfermos, que citaremos debajo inextenso.

[5] Código de Derecho Canónico, nueva edición bilingüe comentada por los profesores de Derecho Canónico de la Universidad Pontificia de Salamanca, BAC, Madrid8, 2018, 606-607.

[6] Cf. Concilio de Trento, Sesión XIV, De extrema unctione, cap. 2: Denz.-Schön. 1696.

[7] Cf. Concilio Vaticano II, constitución Sacrosanctum Concilium, n. 73: AAS 56 (1964), pp. 118-119.

[8] Cf. Pío XI, Epist. Explorata res, 2 febr. 1923.

[9] Cf. CIC, c. 1005.

[10] Cf. ibid., c. 1006.

[11] Cf. ibid., c. 1005.

[12] Ritual de la Unción y de la Pastoral de Enfermos, edición típica según la edición típica latina, aprobada por la Conferencia Episcopal Española y confirmada por la Sagrada Congregación para el Culto Divino, Libros Litúrgicos, Conferencia Episcopal Española, 2023, p. 17.

[13] Ritual de la unción… p. 32.

[14] Ibid.

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